En Villa Constitución reglamentan la habilitación de supermercados

Villa Constitución.- Por iniciativa del Centro Comercial local, el Concejo sancionó por unanimidad una ordenanza que regula la habilitación y funcionamiento de granjas, almacenes, minimercados, autoservicios, supermercados e hipermercados. Además de disposiciones relacionadas con el espacio ocupado, la nueva norma establece restricciones horarias y de distancia entre comercios dedicados al mismo rubro.

Si bien esta ordenanza fue presentada como un avance en el ordenamiento de los comercios locales y la solución al vacío legislativo que existía hasta el presente, su sanción también fue una respuesta a la preocupación manifestada por los comerciantes villenses que se movilizaron ante el sostenido avance de los supermercados chinos.

En octubre del año pasado, cuando se suspendió temporalmente la habilitación de este tipo de comercios, el concejal Níver Moreyra puso blanco sobre negro en esta cuestión.

«Estuvimos reunidos con supermercadistas y minimercadistas, a partir de que un comerciante de ese rubro nos pidió una reunión porque sabía de la apertura de un súper chino cerca del suyo. En relación a las distancias, residencias y otras cuestiones tenemos un vacío legal», admitió entonces el edil.

Límites.La flamante legislación establece límites de superficie para las distintas modalidades: granjas y almacenes (entre 16 y 60 metros cuadrados), minimercados (desde 61 hasta 120 metros cuadrados), autoservicios (entre 121 y 500 metros cuadrados), supermercados (de 501 a 700), e hipermercados (más de 700 metros cuadrados cubiertos).

Desde ahora, los autoservicios y supermercados que pretendan una habilitación deberán contar con una playa de estacionamiento de vehículos de una superficie igual a la destinada al establecimiento comercial.

En tanto, los hipermercados sólo podrán instalarse fuera del ejido urbano de la ciudad, y deberán contar con una playa de estacionamiento para 15 vehículos por cada caja habilitada.

Por otra parte, los comerciantes interesados en la apertura de cualquiera de estos comercios «deberán acreditar y poseer un domicilio legal en la localidad por dos años, ininterrumpidos e inmediatos anteriores a la presentación del trámite de habilitación».

La ordenanza también impone, entre otras limitaciones, una radio de protección. Así, la distancia entre minimercados no podrá ser inferior a 400 metros, radio que se incrementa a 600 metros entre autoservicios, y a 800 entre supermercados.

Entre otras disposiciones, el Concejo también estableció límites en los horarios nocturnos de cierre de estos medianos y grandes comercios, que no podrán exceder las 21 en temporada invernal, y las 21.30 en período estival.

Para todos. «De ninguna manera estamos contra los comerciantes de origen asiático y esta ordenanza, que fue aprobada por unanimidad, es aplicable a todos los interesados que tengan previsto dedicarse a estos rubros. A grandes rasgos, esta norma es similar a las que ya se están aplicado en otras ciudades de la provincia, como por ejemplo Villa Gobernador Gálvez», explicó el concejal Carlos Alegre.

Fuente»La Capital»

Autor: casar

Compartir en